A partir de la entrada en vigor de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la Delegación de Gobierno en Madrid sólo pueden presentar la documentación en registro las personas físicas, las personas jurídicas han de presentar la documentación desde sus oficinas a través del registro electrónico.
1.- Personas físicas:
En la Delegación de Gobierno en Madrid solo se admite documentación original para ser escaneada.
Consiguientemente.
En la Delegación de Gobierno en Madrid sólo pueden presentar la documentación en registro las personas físicas, las personas jurídicas han de presentar la documentación desde sus oficinas a través del registro electrónico.
1.- Personas físicas:
En la Delegación de Gobierno en Madrid solo se admite documentación original para ser escaneada.
Consiguientemente.
- No se presentan fotocopias. NO HAY QUE TRAER FOTOCOPIAS.
- Desaparece la compulsa.
El registro de la Delegación, en vez de la documentación original, únicamente admite las copias compulsadas solo si las ha realizado un notario del Estado
español.
En el registro de la Delegación de Gobierno no admite la presentación de documentación de homologación de estudios.
La documentación se presentará a través del Registro Electrónico General desde sus propias oficinas.
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